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Preguntas Frecuentes

¿QUÉ REGULA LA LEY DE TRANSPARENCIA?

La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG) prevé qué información deben publicar las Administraciones Públicas para conocimiento de los ciudadanos, cómo pueden pedir los ciudadanos información a las Administraciones y cuáles son las reglas de Buen Gobierno que deben respetar los responsables públicos.

 

¿QUÉ ENTIDADES ESTÁN OBLIGADAS A PROPORCIONAR INFORMACIÓN?

Todas las Administraciones Públicas, entidades del sector público, órganos constitucionales (incluida la Casa de Su Majestad el Rey) y sus equivalentes a nivel autonómico, así como Fundaciones del Sector Público, Asociaciones constituidas por Administraciones Públicas o Sociedades Mercantiles con participación pública mayoritaria, están obligadas a cumplir la Ley de Transparencia. Es decir, deben publicar la información que la Ley menciona y, además, responder a las solicitudes de información que presenten los ciudadanos.

Deberán también publicar la información prevista en la Ley entidades privadas como los partidos políticos, sindicatos, organizaciones sindicales y otras entidades que perciban ayudas públicas.

En el caso del presente Portal de la Transparencia, atendiendo al artículo 10 de la LTBG, se publica la información de la Administración General del Estado que se solicita con mayor frecuencia.

 

¿QUÉ CONTIENE ESTE PORTAL?

El Portal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos.

El Portal publica información de las entidades que conforman las Administraciones Públicas, en concreto:

  • La Administración General del Estado,
  • Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social así como las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
  • Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.
  • Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas.

El Portal no contiene información de Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Sociedades Estatales, Fundaciones y Órganos Constitucionales. Estas entidades publicarán su información en sus respectivos portales web y sedes electrónicas.


Para mas información no dude en visitar el documento redactado por el portal de transparencia del Gobierno de España